{"id":682,"date":"2012-01-27T17:36:39","date_gmt":"2012-01-27T22:36:39","guid":{"rendered":"http:\/\/calu.me\/bitacora\/?p=682"},"modified":"2012-01-27T17:36:39","modified_gmt":"2012-01-27T22:36:39","slug":"como-se-hace-debe-hacer-una-ley-sopa-acceso-a-contenidos-en-ec-ciespal-y-encuestas-en-twitter-mientras-se-expone-entre-otros-temas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/calu.me\/bitacora\/2012\/01\/27\/como-se-hace-debe-hacer-una-ley-sopa-acceso-a-contenidos-en-ec-ciespal-y-encuestas-en-twitter-mientras-se-expone-entre-otros-temas.html","title":{"rendered":"C\u00f3mo se hace (debe hacer) una ley, #SOPA, acceso a contenidos en #EC, #CIESPAL y encuestas en Twitter mientras se expone (entre otros temas)"},"content":{"rendered":"<p>En muchos pa\u00edses del mundo -incluyendo Ecuador\u2013 el proceso para la elaboraci\u00f3n de una ley que implique una intervenci\u00f3n penal es \u2013mas o menos\u2013 el siguiente:<\/p>\n<ol>\n<li>Conciencia colectiva del delito. No de un grupo reducido de personas. Implica que los criterios y opiniones ciudadanos se manifiestan claramente en contra de un hecho. Por ejemplo, hace dos o tres d\u00e9cadas no se ten\u00eda conciencia de que fumar en un lugar p\u00fablico y\/o cerrado era da\u00f1ino para el resto de personas, y se permit\u00eda publicidad de f\u00e1bricas tabacaleras en actividades deportivas; tiempo despu\u00e9s el colectivo di\u00f3 un giro. Los due\u00f1os de los <em>mass media<\/em> muchas veces han impulsado puntos de vista seg\u00fan intereses propios o de sus auspiciantes, antes de Internet era dif\u00edcil atenuar o debatir sus campa\u00f1as en la poblaci\u00f3n, hoy no.<\/li>\n<li>Etapa pre-legislativa. Se recogen \u2013o al menos se deber\u00edan recoger\u2013 los principales argumentos del colectivo social para empezar un boceto que luego se concretar\u00e1 un proyecto de ley. Este punto es fundamental para el debate de muchos actores en un marco global.<\/li>\n<li>Propuesta de ley. Ya se tiene el cuerpo de un documento concreto, el nivel de debate se reduce a los representantes (congresistas \/ senadores \/ asamble\u00edstas etc.), se hacen algunas modificaciones sobre la marcha hasta obtener la ley lista para el siguiente paso.<\/li>\n<li>Aprobaci\u00f3n \/ veto. Es el turno del Presidente -en el caso de Ecuador- quien puede modificarla y finalmente aprobarla (o no).<\/li>\n<li>Publicaci\u00f3n \/ vigencia. La ley ha nacido y empieza su vigencia. Se lo comunica a la ciudadan\u00eda a trav\u00e9s de los \u00f3rganos respectivos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Este post no es una clase de derecho, m\u00e1s all\u00e1 de los errores que pueda cometer usando los t\u00e9rminos menos apropiados, quiero aprovechar para comentar dos temas a la luz de este proceso: a) la ley <a href=\"http:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/SOPA\">SOPA<\/a>, y b) el acceso a a cultura, ciencia, conocimiento, etc, a trav\u00e9s de la compatici\u00f3n de archivos en redes de intercambio entre pares (<a href=\"http:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/Peer-to-peer\">P2P<\/a>) en Ecuador.<\/p>\n<li><strong>a) la ley SOPA<\/strong>. Se salt\u00f3 los dos primeros puntos, se le olvid\u00f3 preguntar a la gente, s\u00f3lo cuando la ley es presentada por su congresista auspiciante es cuando el colectivo empieza a rechazarla. Sin embargo el <em>lobby<\/em> siempre ha estado influenciando en los tres primeros puntos, en algunos casos con aciertos (presionando a los congresistas) y en otros con fracasos (campa\u00f1as \u00abeducativas\u00bb y de conciencia en los usuarios de Internet). A manera de ilustraci\u00f3n tendr\u00edamos algo as\u00ed:\n<p align=\"center\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"http:\/\/calu.me\/bitacora\/files\/2012\/01\/proceso_ley.jpg\" alt=\"\" width=\"450\" height=\"297\" class=\"alignnone size-full wp-image-684\" srcset=\"https:\/\/calu.me\/bitacora\/wp-content\/blogs.dir\/2\/files\/2012\/01\/proceso_ley.jpg 450w, https:\/\/calu.me\/bitacora\/wp-content\/blogs.dir\/2\/files\/2012\/01\/proceso_ley-300x198.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 450px) 100vw, 450px\" \/><\/p>\n<\/li>\n<li><strong>b) acesso a contenido a trav\u00e9s de redes P2P en Ecuador<\/strong>. Seg\u00fan la Ley de Propiedad Intelectual del Ecuador, el art. 108 define el concepto de \u00abcopia privada\u00bb, y para que sea tal deben cumplirse al menos \u2013entre otras\u2013 dos condiciones importantes: 1. que su fin sea el \u00e1mbito domestico, y 2. que su uso no sea lucrativo. Ya dec\u00eda <a href=\"http:\/\/www.filmica.com\/david_bravo\/\">David Bravo<\/a> en <a href=\"http:\/\/www.worcel.com\/archivos\/6\/David-Bravo-Copia-este-libro.pdf\">Copia este libro<\/a> que \u00ab&#8230;el derecho a la copia privada es tan desconocido como practicado\u00bb. Y si, en Ecuador nos asiste el derecho a la copia privada en muchos de los casos de los \u00abusos honrados\u00bb que esa ley exige, tambi\u00e9n hay otros casos en que los usuarios se saltan la ley, pero muchos otros tenemos \u2013al menos\u2013 una puerta por la que podemos acceder a diversidad de contenidos.<\/li>\n<p><\/p>\n<p>Pero ah\u00ed no acaba el tema. Ayer tuve el agrado de asistir a la Mesa Redonda invitado por <a href=\"http:\/\/www.ciespal.net\/\">CIESPAL<\/a>. A pesar de que en toda la presentaci\u00f3n me temblaba la voz sin estar nervioso, lanc\u00e9 al auditorio la siguiente pregunta:<\/p>\n<blockquote><p>\u00bfes ilegal bajarse una canci\u00f3n de internet?<\/p><\/blockquote>\n<p>Los resultados fueron cercanos a mi presunci\u00f3n. La mayor\u00eda dijo claramente que no es ilegal. No contento con comprobar lo que supon\u00eda, al inicio del evento que estaba siendo transmitido en <em>streaming<\/em> <a href=\"https:\/\/twitter.com\/calu\/status\/162670661708431361\">lanc\u00e9 una encuesta en mi cuenta de Twitter<\/a> exactamente con la misma pregunta, cuando llegu\u00e9 a la l\u00e1mina 29 de mi presentaci\u00f3n mostr\u00e9 al auditorio el resultado de las personas que contestaron a la encuesta en l\u00ednea: m\u00e1s del 92% respondi\u00f3 que no (aprovecho para agradecer a todos\/as sus respuestas). Claro que es una muestra muy peque\u00f1a -el auditorio 1.0 mas el 2.0-, claro que no es una estad\u00edstica completamente cient\u00edfica, claro que&#8230;.; de la misma forma que en Ecuador nadie en su sano juicio propondr\u00eda una ley para que no se permita escuchar canciones de Ricardo Arjona -porque no hay conciencia colectiva de que ese hecho debe ser penado-, espero que tampoco a nadie se le ocurra vendernos la idea de penalizar las descargas aduciendo como falacia que aquello que perjudica a un sector privado y reducido es un problema colectivo.<\/p>\n<p>La presentaci\u00f3n completa que ayer hice en CIESPAL se la pueden <a href=\"http:\/\/calu.me\/-\/66\">bajar de aqu\u00ed<\/a>, y si se la bajan no los voy a perseguir con demandas, tiene una licencia <a href=\"http:\/\/creativecommons.org\/licenses\/by\/3.0\/ec\/\">Creative Commons de Atribuci\u00f3n (BY)<\/a> y ojal\u00e1 pueda aportarles en algo para que se genere nuevo conocimiento.<\/p>\n<p><u>Actualizaci\u00f3n 30 de enero de 2012<\/u>: CIESPAL <a href=\"http:\/\/calu.me\/-\/6c\">ha subido un video con la primera parte de mi intervenci\u00f3n<\/a>. Cuando est\u00e9 disponible la segunda parte lo actualizar\u00e9 aqu\u00ed mismo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En muchos pa\u00edses del mundo -incluyendo Ecuador\u2013 el proceso para la elaboraci\u00f3n de una ley que implique una intervenci\u00f3n penal es \u2013mas o menos\u2013 el siguiente: Conciencia colectiva del delito. No de un grupo reducido de personas. Implica que los criterios y opiniones ciudadanos se manifiestan claramente en contra de un hecho. 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